lunes, 3 de junio de 2013

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DERECHO CONSTITUCIONAL


LOS DERECHOS QUE TENEMOS GARANTIZADO EN LA CONSTITUCION DEL ECUADOR DEL 2008
Que todos los ciudadanos y ciudadanas que habitan en el ecuador tenemos derecho a reclamar cuando algunos de estos derechos se incumplen porque esta yendo en contra de la constitución como tenemos los siguientes:
Agua y alimentación
El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
Ambiente sano
Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Comunicación e Información
Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:
Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.
Cultura y ciencia
Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas.
Educación
La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir.
Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.
Hábitat y vivienda
Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica.
Salud
- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
Trabajo y seguridad social
El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.




DERECHO PENAL


 

DERECHO PENAL

Es la rama del Derecho Publico Interno relativo a los delitos. Las Penas y las Medidas de seguridad ; que tienen como objetivo inmediato la Creación y la Conservación del Orden Social.
Se establece que el Derecho Penal es una rama del Derecho Público, en virtud de que al cometerse el delito, se forma la relación entre el Delincuente y el estado.
El principal objetivo del derecho penal es promover el respeto a los bienes jurídicos (todo bien vital de la comunidad o del individuo).
Para esto, prohíbe las conductas que están dirigidas a lesionar o poner en peligro un bien jurídico. Lo que no puede hacer el derecho penal es evitar que sucedan ciertos efectos.
elaciones del Derecho Penal con Otras Disciplinas:
El Derecho Penal es parte de un todo jurídico por lo que se relaciona con las demás ramas del Derecho, pero principalmente con el
Derecho Constitucional, que es la disciplina que estructura al Estado y su funciones y reconoce las garantías de los particulares frente al Estado.
Ciencia del Derecho Penal.- Se define como el conjunto sistemático de principios relativos al delito, las penas y las medidas de seguridad.
Ciencia Dogmática Jurídico Penal.- Corresponde a ser el conjunto de normas positivas en que se transforman los principios rectores del Ordenamiento Penal Positivo.
Las Ciencias Penales.- Es esencialmente normativa. Su objeto lo constituye de modo esencial: el estudio del derecho penal en forma ordenada sistemática y racional, pero al lado de ella existen otras disciplinas causales explicativas denominadas Ciencias Penales, las cuales no intentan guiar la Conducta humana sino explicar las causas o nexos entre: El delito y los Factores que influyen en su producción.



DERECHOS HUMANOS

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DERECHOS HUMANOS
Son aquellos derechos que todos tenemos por el hecho de ser personas, son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna.
Entre las características Derechos Humanos, tenemos los siguientes:
Los Derechos Humanos son innatos o inherentes
Todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra condición de seres humanos. Por eso cuando una ley viola los derechos humanos se la considera nula porque va contra la misma naturaleza humana.
Los derechos humanos son universales
Todas las personas: mujeres, hombres, niños y niñas tenemos derechos. Por eso no importa la raza, el sexo, la cultura o la religión que tengamos; tampoco importa la nacionalidad o el lugar en que se viva.
Los derechos humanos son inalienables e intransferibles
La persona humana no puede, sin afectar su dignidad, renunciar a sus derechos o negociarlos.
Los derechos humanos son acumulativos, imprescriptibles o irreversibles
Como la humanidad es cambiante, las necesidades también, por ello a través del tiempo vamos conquistando nuevos derechos, que una vez alcanzados forman parte del patrimonio de la dignidad humana.
Los derechos humanos son inviolables
Nadie puede atentar, lesionar o destruir los derechos humanos. Esto quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto a los derechos humanos; las leyes dictadas no pueden ser contrarias a éstos y las políticas económicas y sociales que se implementan tampoco.
Los derechos humanos son obligatorios
Los derechos humanos imponen una obligación concreta a las personas y al Estado de respetarlos aunque no haya una ley que así lo diga.